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Noticias

El 1 de enero de 2013 entró en vigor el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Facturación que sustituye al aprobado por el Real Decreto 1496/2003.

Con el nuevo Reglamento los tiques o documentos sustitutivos de facturas pasan a denominarse facturas simplificadas y se amplían los requisitos en cuanto a contenido. Se amplía el importe para poder emitir facturas sin identificar al destinatario a 400 € IVA incluido y se engloban en la serie de facturas simplificadas.


Tras la entrada en vigor el 19 de noviembre de 2012 de la limitación de pago en efectivo a 2.500 euros estamos recibiendo numerosas llamadas preguntando por algún procedimiento que permita seguir cobrando en efectivo.

Aunque el objetivo de esta Ley es la lucha contra el fraude, también es cierto que el efectivo es el medio de pago habitual en muchas actividades económicas y su limitación puede crear gravísimos problemas.


La Ley 7/2012 que se publicó en el BOE de 30/10/2012 y que en general ya está en vigor desde el pasado 31/10/2012 contiene una serie de medidas dirigidas a la prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta Ley supone un cambio muy importante en la gestión tributaria para las empresas del sector de la construcción y de la promoción y que desarrollaremos en detalle.


A partir del 1 de febrero de 2014 serán obligatorios los pagos SEPA conforme al Reglamento UE nº 260/2012 de 14 de marzo de 2012 por el que se establecen los nuevos requisitos para las transferencias y adeudos domiciliados en euros. La Ley 16/2009 de Servicios de Pagos, transposición de la Directiva 2007/64/CE, proporciona la base jurídica para la creación del mercado interior de pagos SEPA en todos los países europeos.

Es muy importante tener en cuenta que a partir del 1 de febrero de 2014 no podrán enviarse remesas de recibos al cobro bajo el formato AEB19 ya que los únicos formatos válidos serán los SEPA.


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