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El nuevo Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral afecta a todos los cursos bonificados cuyo inicio se comuniquen a partir del 24 de marzo de 2015.

En Microsa, como Entidad Organizadora y Entidad Formadora de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, gestionamos la formación de las empresas agrupadas y asesoramos a nuestros clientes en el cumplimiento de sus obligaciones formales como empresas beneficiarias de las bonificaciones de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.


El objetivo de esta noticia es dar respuesta a diversas consultas que estamos recibiendo en relación a la documentación que deben solicitar y a los requisitos que deben exigir a las empresas formadoras en las acciones formativas que realicen con cargo a la Fundación Tripartita.

El motivo de estas consultas es que están comprobando que la única documentación que tienen del curso realizado es una factura y están preocupados ya que la empresa que les impartió el curso ya no existe y por lo tanto no les puede reclamar nada.


Lamentablemente estamos recibiendo múltiples consultas de requerimientos de devolución de la bonificación aplicada de la Fundación Tripartita por incumplimiento de sus requisitos.

El primer error que habitualmente se está cometiendo es que la factura de la formación viene exenta de IVA, cuando solo están exentas de IVA las facturas emitidas por un centro educativo cuando las materias que se imparten en los cursos se encuentren incluidas en algún plan de estudios del sistema educativo español.


Es evidente y nadie puede poner en duda que debemos seguir invirtiendo en tecnología, innovando y mejorando la productividad y competitividad de nuestras empresas y para ello es imprescindible una formación adecuada.

Desde Microsa siempre hemos recomendado la realización de sesiones de formación que garanticen un uso más eficaz de las herramientas informáticas y una mejora de su productividad gracias a un mayor conocimiento por parte de los usuarios.


Con fecha 26/07/2013 la Fundación Tripartita informa que los cursos para la obtención del CAP y de las Tarjetas Profesionales no son bonificables con cargo a los Permisos Individuales de Formación (PIF) de la Fundación Tripartita.

Los PIF han sido utilizados habitualmente para bonificar cursos de obtención de certificados y carnés profesionales, pero como argumenta la Fundación Tripartita la Reforma Laboral del 2012 así como la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de febrero de 2013 han supuesto la modificación del criterio hasta ahora aplicado.


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